Ley de inclusión financiera, Nro 19.210
- Macarena Suárez en base a la Ley Nro. 19.210
- 2 ene 2019
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La Ley de inclusión financiera Nro. 19.210, fue creada con el afán de generar un acceso universal a los servicios financieros de calidad, es decir, a cuentas bancarias, instrumentos de dinero electrónico, créditos de nómina, programas de ahorro joven, entre varias más. Por medio de esta se desea que los pagos dentro de la economía funcionen de una manera más eficiente, sustituyendo al efectivo por pagos electrónicos, intentando generar más seguridad y bienestar social.
Por otro lado espera crear mayores niveles de competencia en el sector financiero, donde participen nuevos actores en condiciones homólogas, creándose en 2014 la figura de las Instituciones Emisoras de Dinero Electrónico (IEDE)
Los pagos de sueldos y haberes se deben realizar por medio de transferencias electrónicas, cheques o efectivo en buzonera, o por otros canales electrónicos bajo el apartado de “pago de remuneraciones”. Estas cuentas no tienen costo, ni mínimos para su apertura, por que uno de los objetivos de esta ley es el acceso universal a las cuentas bancarias. Hay que tener en cuenta que el banco va a establecer una cantidad de movimientos mensuales, por los cuales no cobra gastos bancarios.
Los honorarios profesionales también deberán depositarse por este medio.
Asimismo serán obligatorios estos pagos para la compra-venta de inmuebles, vehículos y operaciones de montos elevados.
Para el empresario se fomenta la promoción de inversiones en terminales POS, conteniendo subsidios totales y parciales para su uso y a la vez disminuyendo los aranceles de la tarjetas, estableciendo máximos.
Como medida que fomenta el uso se ha realizado una rebaja promedio de 2 puntos de IVA para operaciones que se realicen con tarjeta de débito (siempre que éstas sean para un consumidor final), También se aplicará esta rebaja en los casos de pagos a través de débitos directos o por portales web. Asimismo desde el 1° de enero de 2017, además de esos 2 puntos de IVA, se agrego un extra de 2 puntos para estas operaciones siempre que no superen las UI 4.000 ($15.000 aproximadamente). Siendo para estas operaciones la reducción de IVA de un total de 4%.
Para las tarjetas de crédito no existe esta reducción (salvo la reducción de 9 puntos en los restaurantes que es por una ley anterior a la de inclusión financiera, la Ley Nº 17.934.).
Por otro lado se genera una rebaja del total de la tasa de IVA para Tarjeta Uruguay Social y tarjeta BPS Prestaciones para pago de asignaciones familiares.
Aplica para todos los comercios sin importar el tamaño, tipo social, siempre que el pago sea por medios electrónicos y en un único pago. Se verá en el voucher que le entregan al cliente.
Vale recordar que este descuento se hará para bienes y servicios que estén gravados por IVA (no así para el pago de tributos, impuesto, revistas, leche).

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